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Vuestra aportación se destina íntegramente al cumplimiento de los hasta fundacionales del IDIBGI, con el fin de apoyar en la investigación biomédica que se desarrolla en nuestro centro.

Colaborando con nosotros nos ayudáis a…

  • Poner en marcha nuevos proyectos de investigación o continuar apoyando a proyectos existentes.
  • Contratar personal investigador y de apoyo a la investigación.
  • Renovar equipo o adquirir material o nuevos equipos de última generación.
  • Adecuar nuestras instalaciones a las necesidades investigadoras.

Con todo esto... podemos continuar investigando por la mejora de la calidad de vida y la buena salud de las personas.

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Cuando tú ya no estés, tu generosidad será decisiva para mejorar la investigación en la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades. Un gesto de aprecio que tiene un valor incalculable para las futuras generaciones.

La investigación requiere y consume muchos recursos. Toda ayuda es muy muy bienvenida y beneficiosa en un futuro.

A través de un legado, puedes dejar parte de tus bienes al IDIBGI. Puede ser una cantidad de dinero en efectivo, un porcentaje sobre el valor del patrimonio, un bien inmueble, joyas, obras de arte, acciones, etc.

La parte de la herencia que otorgues a la IDIBGI, no se verá menguada por impuestos. Al ser una persona jurídica la IDIBGI no está sujeto al Impuesto de Sucesiones. Así mismo, los ingresos que reciben por herencias y legados están excempts del Impuesto sobre sociedades, porque somos una organización sin ánimo de lucro.

Si deseas incluir el IDIBGI en el testamento como heredera o beneficiaria de un legado te recomendamos asesorarte por un Notario para la redacción del testamento.

Nuestro compromiso es actuar con la máxima profesionalidad y transparencia para garantizar que se cumplirá la voluntad que has expresado en el testamento.



Si necesitáis más información o necesitáis resolver algunas dudas al respeto, podéis contactar con nosotros a fpedro@idibgi.org (Ferran Pedró) o trucando al 872 987 087.

Cada día son más las personas, las fundaciones, las instituciones, las empresas y asociaciones de enfermos que colaboran con nosotros.

Tú también puedes hacerlo!

Puedes colaborar organizando varios acontecimientos solidarios a favor de la investigación del IDIBGI.

Mercados, conciertos, cenas, acontecimientos deportivos, exposiciones, o alguna otra actividad que seguro que se te acudirá a tú antes de que a nosotros!

También, desde tu empresa y/o comercio puedes poner a la venta productos y recaudar fondos por la investigación a IDIBGI.

El jefe y el coro son solidarios, pero tus manos también. Por eso te alentamos a ser creativo/creativa y elaborar muchos productos solidarios, la abanica de los cuales nos ayude a hacer realidad nuestra investigación.

Te enseñamos algunos ejemplos de campañas solidarias:
TIENDA SOLIDARIACAMPAÑAS SOLIDARIAS

Cualquier propuesta que nos quieras comentar, no lo dudes y contáctanos a fpedro@idibgi.org! Todas las ideas serán bienvenidas!
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Consúltanos si tienes dudas. Te atenderemos personalmente.

Ferran Pedró i Costa

Tel: 872 98 70 87 (Ext. 26)
Mòbil: 616 56 35 03
Email: fpedro@idibgi.org

Ventajas de tu donación

Personas físicas (IRPF)

Hasta 150 €
Resto de importe
Deducción tramo estatal
80%
35% / 40% (*)
Deducción tramo autonómico
25%
25%
TOTAL DEDUCCIÓN
105%
60% / 35% (*)
  • En cuanto a la deducción estatal, el límite de la base de cálculo de la deducción es el 10% de la base liquidable del contribuyente.
  • En cuanto a la deducción autonómica, el límite de esta es lo del 10% de la cuota íntegra autonómica.

Empresas (IS)

Importe total
Deducción cuota IS
35% / 40% (*)
  • El límite de la base de la deducción es un 1’% de la base imponible del importe sobre Sociedades. Los excesos se pueden aplicar en el periodos impositivos que concluyan en los 10 ejercicios posteriores.
  • Las deducciones que no hayan podido ser aplicadas por insuficiencia de cuota líquida, pueden ser aplicadas en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años posteriores.

(*) La nueva ley de régimen fiscal de entidades sin ánimo de lucro intenta potenciar la continuidad de las donaciones, incrementando la deducción cuando los dos años anteriores también se ha realizado la donación a la misma entidad por importes iguales o superiores, a cada período, al del ejercicio anterior.

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