Junto con el contrato hay que adjuntar la siguiente documentación en el momento de envío:
Junto con el contrato hay que adjuntar la siguiente documentación en el momento del envío:
Junto con el documento de enmienda hay que adjuntar:
Junto con el contrato hay que adjuntar la siguiente documentación en el momento de envío:
Junto con el contrato hay que adjuntar la siguiente documentación en el momento de envío:
Juntamente con el contrato hay que adjuntar la siguiente documentación en el momento del envío:
Junto con el documento de enmienda hay que adjuntar:
Junto con el contrato es necesario adjuntar la siguiente documentación al momento de envío:
En este caso, IDIBGI gestionará con el Instituto de Diagnóstico de Imagen (IDI) la realización de pruebas radiológicas.
El Instituto de Diagnóstico de Imagen (IDI) tiene la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, del Servei Català de la Salut y de las entidades vinculadas o que dependen, en virtud del que prevé el artículo 18.3 de los Estatutos del IDI modificados por el Acuerdo de Gobierno GOV/38/2015 en la sesión de 17 de marzo de 2015 (DOGC núm. 6834, de 19/03/2015), y en estos efectos puede asumir encargos de gestión de estas entidades.
Junto con el contrato es necesario adjuntar la siguiente documentación al momento de envío:
Junto con el contrato es necesario adjuntar la siguiente documentación al momento de envío:
Juntament amb el document d’esmena cal adjuntar:
El promotor del estudio clínico ha de notificar por correo electrónico: aacc@idibgi.org , los siguientes datos para tener un seguimiento del estado del mismo:
Asimismo, cualquier cambio de los datos de contacto del promotor o CRO también debe notificarse por correo electrónico.
La gestión y tramitación de los contratos y enmiendas de los estudios clínicos tienen un coste único y no reembolsable que se hará constar en el contrato respectivo.
Desde IDIBGI se ofrece la posibilidad de gestionar el servicio de traslado de pacientes, así como la custodia y archivo de la documentación una vez finalizado el estudio.
Se pueden consultar las tarifas a continuación:
Facturación: Salvo que en el contrato se haya pactado algo distinto; el Promotor se compromete a solicitar las facturas trimestralmente a partir de la firma del contrato, que incluirán las visitas clínicas realizadas y monitorizadas hasta ese momento junto con los conceptos del presupuesto adicional que apliquen.
Una vez corroborada la información de la solicitud IDIBGI emitirá la correspondiente factura.
Esta factura será abonada por el promotor en el plazo de 30 días a partir de la fecha de emisión.